¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario del SATQ es un canal de comunicación entre el SATQ y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales
Recibe información detallada y completa acerca de los diversos beneficios y facilidades fiscales disponibles
Portal privado y personalizado del contribuyente
Se trata de un portal en línea exclusivo, donde este puede acceder de manera segura y privada a información detallada y actualizada sobre su situación fiscal
Es más Seguro
Es un canal de comunicación directo entre el SATQ y los contribuyentes que evitará que seas víctima de suplantaciones de identidad
Preguntas Frecuentes
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¿Qué es y para qué sirve el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario del SATQ es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página del SATQ, a través del cual la autoridad fiscal podrá realizar las notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa que emita, así como boletines informativos de interés.
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¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?
Todas las personas físicas, morales o unidades económicas que estén obligadas a inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes, con base al Artículo 201 del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo.
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¿Puedo agregar más de dos medios de contacto?
No, únicamente se puede colocar un correo electrónico y un número de teléfono; sin embargo, si alguno de estos cambia, el contribuyente podrá realizar el cambio en línea.
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¿Cómo entro al Buzón Tributario?
Ingresando al portal satq.qroo.gob.mx en el apartado Buzón Tributario; para la activación del mismo, el contribuyente deberá ingresar su E.Firma.
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¿Cuánto tiempo tengo para atender una notificación enviada a mi Buzón?
Posterior a recibir una notificación en tu Buzón Tributario del SATQ, contarás con 3 días para abrir el documento, contando a partir del día en que sea enviado el aviso.
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¿Tengo que firmar acuse de recibido de las notificaciones que reciba?
No, el sistema de Buzón Tributario Estatal, está diseñado para leer y verificar el momento en el que fue leída la notificación.
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¿Cómo identificar la integridad y autenticidad de los documentos enviados a mi Buzón Tributario?
Podrán comprobar la integridad y autenticidad de los documentos conforme a lo siguiente:
I. Tratándose de documentos firmados por el funcionario, éste presentará sello institucional de la unidad administrativa que lo emite y podrá conocerse de la debida identidad del servidor, a través de la revisión en el Directorio del SATQ.
II. Para los documentos firmados digitalmente, encontrará el Código QR en el cual verificará el tipo de documento que se emite, el número de oficio, el nombre de la autoridad firmante y la firma digital. -
¿Qué pasa si no abro las notificaciones que me llegan al Buzón?
En caso de que el contribuyente no abra el documento digital en un plazo de tres días a partir del día siguiente a aquel en el que le sea enviado, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día.
Por lo anterior, podrán ser susceptibles a la imposición de sanciones que se actualicen en relación a cada acto administrativo notificado electrónicamente.
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¿En qué horarios y días me pueden llegar notificaciones a mi Buzón?
Las notificaciones electrónicas a través del buzón tributario se realizarán en el horario comprendido de las 8:30 a las 17:00 horas (De la Zona del Estado de Quintana Roo.)
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¿Qué ocurre si consulto mis notificaciones en día inhábil o fuera del horario?
Si el contribuyente ingresa al buzón a consultar los documentos digitales pendientes de notificar en día u hora inhábil, generando el acuse de recibo electrónico, la notificación se tendrá por practicada a las 8:30 horas (De la Zona del Estado de Quintana Roo) del día hábil siguiente.
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¿En qué momento se entenderá que el contribuyente se opone a la notificación electrónica?
De acuerdo a la Fracción II del Artículo 201 del Código Fiscal del Estado, se entenderá que el contribuyente se opone a la notificación de la autoridad, cuando no habilite el Buzón Tributario, señale medios de contactos erróneos o inexistentes o no presente aviso de actualización del mismo.
Por lo anterior, adicional a la imposición de infracción prevista en el Artículo 69, Fracción IX del Código, la autoridad procederá a notificarle en términos del Artículo 126, inciso C de dicho ordenamiento jurídico.
Requisitos
Requisitos para habilitar el Buzón Tributario del SATQ
Requisitos:
- Estar Inscrito en el Registro Estatal de Constituyente del Estado
- Contar con e.firma del SAT Federal.
- Contar por lo menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular.
Ten a la mano tu e.firma, las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario del SATQ o actualizar tus medios de contacto.
¿Quienes están Obligados?
Quienes están Obligados a activar su Buzón Tributario del SATQ
Todas las personas físicas, morales o unidades económicas que estén obligadas a inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes, con base al Artículo 201 del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo.
Ingresa el folio
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